NOM-004 del expediente clínico: guía de cumplimiento para consultorios
La NOM-004-SSA3-2012 define qué debe contener el expediente clínico en México y cómo debe integrarse, usarse, conservarse y archivarse. Esta guía resume cada requisito de la norma y explica cómo ERYVORA lo automatiza dentro del expediente clínico electrónico, para que la consulta se registre completa sin trabajo administrativo extra.
Qué exige la norma, apartado por apartado
1Ficha de identificación
Lo que exige la NOM-004: Nombre completo, sexo, edad, domicilio y, en su caso, datos del responsable legal del paciente.
En ERYVORA: El expediente se genera automáticamente al dar de alta al paciente, con folio único (EXP-XXXXXX) y validación de duplicados por nombre y teléfono.
2Antecedentes heredofamiliares, personales patológicos y no patológicos
Lo que exige la NOM-004: La historia clínica debe integrar los tres bloques de antecedentes del paciente (numeral 6.1 de la norma).
En ERYVORA: Cada bloque tiene su apartado y se hereda automáticamente de la nota más reciente, para no recapturar antecedentes en cada consulta.
3Padecimiento actual e interrogatorio por aparatos y sistemas
Lo que exige la NOM-004: Inicio, evolución y estado actual del padecimiento, más el interrogatorio por aparatos y sistemas.
En ERYVORA: Formulario estructurado por aparato (cardiovascular, respiratorio, digestivo, genitourinario, nervioso y musculoesquelético) con autoguardado en borrador.
4Exploración física y signos vitales
Lo que exige la NOM-004: Habitus exterior y como mínimo tensión arterial, frecuencia cardiaca, frecuencia respiratoria, temperatura, peso y talla.
En ERYVORA: Captura guiada de signos vitales con alerta cuando faltan los obligatorios, antes de permitir cerrar la nota.
5Diagnóstico, pronóstico y tratamiento
Lo que exige la NOM-004: Resultados de estudios, diagnósticos o problemas clínicos, pronóstico e indicaciones terapéuticas con dosis y vía.
En ERYVORA: Apartados dedicados, integración de resultados de laboratorio (incluida la lectura de PDF con IA) y auditoría de estructura de la nota con inteligencia artificial.
6Notas de evolución y cierre de consulta
Lo que exige la NOM-004: Cada intervención genera una nota fechada, con hora y nombre completo y firma de quien la elabora.
En ERYVORA: Al cerrar la consulta en Mi Consultorio se genera la nota con fecha, hora, duración real y datos del profesional que la elaboró.
7Consentimiento informado
Lo que exige la NOM-004: Cartas de consentimiento informado conforme al numeral 10 de la norma y al artículo 81 de la Ley General de Salud.
En ERYVORA: Formato imprimible en A4 con los elementos legales obligatorios, datos del paciente, riesgos, alternativas y espacio de firmas y testigos.
8Conservación y confidencialidad
Lo que exige la NOM-004: El expediente se conserva mínimo 5 años a partir de la última consulta y es información confidencial reservada.
En ERYVORA: Almacenamiento en la nube con respaldos, cifrado AES-256-GCM a nivel de columna en los campos clínicos sensibles, acceso segmentado por clínica y permisos granulares por colaborador.
Errores frecuentes que detecta una verificación sanitaria
- Notas sin fecha, hora, nombre completo o firma del profesional que las elaboró.
- Signos vitales incompletos: falta tensión arterial, frecuencia cardiaca o temperatura.
- Consentimiento informado genérico, sin riesgos, alternativas ni firma de testigos.
- Expedientes en papel dispersos o destruidos antes de los 5 años de conservación.
- Antecedentes capturados una sola vez y nunca actualizados en consultas posteriores.
- Resultados de laboratorio archivados fuera del expediente del paciente.
Preguntas frecuentes sobre la NOM-004
¿Qué es la NOM-004-SSA3-2012?
Es la Norma Oficial Mexicana del expediente clínico. Establece los criterios científicos, tecnológicos y administrativos obligatorios para elaborar, integrar, usar, conservar y archivar el expediente clínico en todos los establecimientos de atención médica de los sectores público, social y privado en México.
¿A quién obliga la NOM-004?
A todo prestador de servicios de atención médica, incluidos consultorios privados y profesionales independientes. Su cumplimiento se verifica en visitas de la autoridad sanitaria y el expediente es la principal prueba documental ante una queja o controversia médico-legal.
¿Cuánto tiempo debe conservarse el expediente clínico?
Un mínimo de 5 años contados a partir de la fecha del último acto médico registrado. Se recomienda conservarlo más tiempo cuando existan procedimientos de alto riesgo o litigios abiertos.
¿El expediente clínico electrónico es válido en México?
Sí. La NOM-004 reconoce el expediente en medios electrónicos siempre que garantice la integridad, confidencialidad, disponibilidad y trazabilidad de la información, e identifique con claridad al profesional que elaboró cada nota.
¿Qué debe incluir una nota médica conforme a la norma?
Fecha y hora, signos vitales, resumen del interrogatorio y la exploración física, resultados de estudios, diagnóstico, pronóstico, tratamiento e indicaciones, y el nombre completo y la firma de quien la elabora.
¿ERYVORA cumple con la NOM-004?
ERYVORA estructura el expediente con los apartados que exige la norma, obliga a capturar los datos mínimos, versiona cada nota con fecha, hora y autor, y conserva la información cifrada. El cumplimiento final depende también del contenido clínico que registre cada profesional.
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Este contenido es informativo y no sustituye la lectura del texto oficial de la NOM-004-SSA3-2012 publicada en el Diario Oficial de la Federación ni la asesoría legal correspondiente.
